En eventos donde los tomadores sufren un estado de invalidez e indefensión, pero sus pólizas de seguro de vida son objetadas con base en una preexistencia, la jurisprudencia ha señalado que deberá analizarse: (i) que el actor sea sujeto de especial protección y carezca de recursos económicos; (ii) que la familia del asegurado dependa de él (aunque ello no es óbice para que en ciertos casos que no se cumpla este requisito pueda ordenarse el amparo); (iii) que el deber de declarar el estado de riesgo no puede convertirse en una carga excesiva para el tomador, pues existen eventos en que hay cláusulas ambiguas; y (iv) que la carga de la prueba de la preexistencia está en cabeza de la compañía aseguradora.